HOY HEMOS HECHO:
1.Asuntos varios.
2. Revisión del resumen de la clase anterior.
3. Revisión del subrayado del apartado 2.
4. Explicación del apartado 2.
5. Se indica la tarea.
TAREAS:
1. Resumen de la clase. Esta vez, haz el resumen con lo que hemos explicado en clase, pero para las características de la Constitución de 1812 utiliza el libro de texto.
2. Trabajo de las fotocopias del apartado 3.
PRÓXIMO DÍA:
1. Revisión del resumen.
2. Revisión del subrayado / títulos por párrafo.
3. Explicación apartado 3.
PLAN DEL TEMA.
Miércoles 26: apartado 2.
Jueves 27: apartado 3.
Viernes 28: festivo.
Miércoles 4: apartado 4
Jueves 5: apartado 5
Viernes 6: EXAMEN DE LOS CINCO PRIMEROS APARTADOS.
1808-1812. la revolución liberal: las Cortes de Cádiz y la Constitución
de 1812.
La sublevación
del pueblo de Madrid del 2 de mayo de 1808 se extenderá con rapidez por toda
España. Pronto se formarán juntas locales que se encargarán de organizar la
resistencia y éstas, a su vez, enseguida se coordinarán una sola: la Junta
Central Suprema. Esta Junta Central Suprema se encargará de dos tareas:
·
La organización de la lucha armada contra el
invasor francés.
·
La puesta en marcha de una revolución liberal.
Así, en 1810
la Junta Central puso en marcha unas elecciones para elegir a los diputados que
formarían unas Cortes Constituyentes (para hacer una Constitución). Estas Cortes se reunieron
en Cádiz y tenían una composición heterogénea, es decir, estaban compuestas por
diputados ideológicamente dispares:
·
Los absolutistas eran una minoría y eran
defensores del Antiguo Régimen.
·
Los americanos, elegidos en las colonias
españolas.
·
Los liberales, que eran una amplia mayoría.
Las Cortes de
Cádiz elaboraron toda una serie de leyes que pusieron fin al Antiguo Régimen en
España, aunque, sin duda, el culmen de su tarea legislativa fue la elaboración
de la primera constitución de nuestra historia: la Constitución de 1812, más
conocida como “la Pepa”, por promulgarse el 19 de marzo, día de San José.
En la
Constitución de 1812 el Estado español se definía como monárquico, declarando a
Fernando VII, como rey de España. En ella se recogían los principios
fundamentales del liberalismo político, tales como la soberanía nacional y la
separación de poderes, así como todo un abanico de derechos, tales como el de
igualdad ante la ley. El rey, no obstante, conservaba amplios poderes (por
ejemplo, él era el encargado de formar gobierno), por lo que decimos que se
trataba de una monarquía moderada.
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